Cronología de una
reincorporación laboral anunciada, resistida y burlada
Francisco Sosa
Grandón*
La Universidad Católica Boliviana despidió a la Secretaria de Hacienda
cesante del Sindicato de Docentes, Celeste Neumann, ignorando su fuero
sindical. Presentamos una cronología de este acontecimiento que la profesora
Celeste Neumann soporta, con principios inquebrantables e insobornables, por
defender sus derechos laborales y los de sus colegas de las universidades
privadas de Bolivia.
26 de octubre de 2015
El Coordinador de Ciencias
Exactas y Laboratorios de la UCB, Jaime Antezana Arzabe, ignorando que se trata
de un despido injustificado, invita a la Secretaria de Hacienda del Sindicato
de Docentes, Celeste Neumann, a presentarse a una convocatoria de selección de docentes
para la gestión 1-2016 de sus materias, las que venía enseñando entre 1996 y
2003, inicialmente, y entre 2008 y 2015, después.
10 de noviembre de 2015
Celeste Neumann rechaza la
invitación, solicita que Antezana Arzabe respete su fuero sindical y pide que
(para la gestión 1-2016) le asigne similar carga horaria que el semestre
2-2015.
09 de diciembre de 2015
Jaime Antezana Arzabe responde a
la Secretaria de Hacienda del Sindicato de Docentes indicando que su solicitud
de respeto al fuero sindical “ha sido rechazada por la Universidad”. Adjunta el
Informe Nº AL 010/15 enviado por el asesor legal, Renán Milton Pereira Loza, al
Rector Regional, Luis Alfonso Vía Reque, cuya parte conclusiva dice: “Por lo
expuesto precedentemente, se recomienda que se comunique a la docente Celeste
Neumann, el hecho de que su fuero sindical, no es un argumento legal, para que
incumpla la relación laboral, ante lo cual la Universidad Católica Boliviana,
asume la actitud de la docente como incumplimiento de contrato de trabajo”.
17 de diciembre de 2015
La Secretaria de Hacienda del
Sindicato de Docentes envía una nota al Coordinador de Ciencias Exactas y
Laboratorios de la UCB rechazando las conclusiones del Informe Nº AL 010/15 aludiendo
a los artículos 46 y 48 de la Constitución Política del Estado, La Ley 3352 de
Fuero Sindical y la jurisprudencia que existe dentro de la propia UCB.
Finalmente, solicita la asignación de materias y una copia legalizada del
Informe Nº AL 010/15.
19 de enero de 2016
La Secretaria de Hacienda del
Sindicato de Docentes reitera el contenido de su nota de 17 de diciembre de
2015 dirigida al Coordinador de Ciencias Exactas y Laboratorios de la UCB.
04 de febrero de 2016
Ante el silencio administrativo
del Coordinador de Ciencias Exactas y Laboratorios, Celeste Neumann, envía una
nota al Rector Regional de la UCB solicitando que la universidad respete su
fuero sindical, que le asigne materias para el semestre 1-2016 y que le
entregue una copia legalizada del Informe Nº AL 010/15.
25 de febrero de 2016
La Secretaria de Hacienda del
Sindicato de Docentes denuncia ante la Jefatura Departamental de Trabajo de
Cochabamba su despido injustificado de la UCB y solicita respeto a su fuero
sindical.
10 de marzo de 2016
La Jefatura Departamental de
Trabajo de Cochabamba emite la primera citación para el Rector Regional de la
UCB, Luis Alfonso Vía Reque, “a objeto de responder a la demanda interpuesta”
por Celeste Neumann “sobre reincorporación a su fuente laboral y fuero
sindical”.
29 de junio de 2016
El Jefe Departamental de Trabajo
de Cochabamba, César Vladimir Villarroel Franco, emite la CONMINATORIA
MTEPS/JADTCBBA/Nº 192/2016 dirigida al Rector regional de la UCB, cuya
conclusión manifiesta: “En cumplimiento a las disposiciones constitucionales y
laborales supra citadas, todas en actual vigencia, mi autoridad CONMINA a la
UNIVERSIDAD CATÓLICA BOLIVIANA “SAN PABLO” REGIONAL COCHABAMBA, en la persona
de su representante legal Luis Alfonso Vía Reque a REINCORPORAR a partir de su
legal notificación con la presente conminatoria a la trabajadora: Mgr. MARÍA
CELESTE NEUMANN DE LÓPEZ con C.I. 2625981 Cbba., sea en el plazo máximo de tres
(3) días hábiles improrrogables de recepcionada la conminatoria, debiendo
ser reincorporada en el último cargo que venía desempeñando sus funciones, más
el pago de los salarios devengados como si no hubiese dejado de trabajar ni un
solo día, también se le restituya cuanto antes el seguro a corto y largo plazo,
además se prohíbe toda clase de acoso laboral y discriminación en contra de la
trabajadora y demás derechos sociales que correspondan a la fecha de la
reincorporación, en virtud al D.S. 495/10”.
06 de julio de 2016
Ante el silencio de las
autoridades de la UCB y pese a haberse presentado sin éxito a su fuente
laboral, Celeste Neumann envía una nota al Rector Regional de la UCB
solicitándole el cumplimiento de la CONMINATORIA MTEPS/JADTCBBA/Nº 192/2016.
11 de julio de 2016
Celeste Neumann reitera al Rector Regional de la UCB el cumplimiento
de la CONMINATORIA MTEPS/JADTCBBA/Nº 192/2016.
14 de julio de 2016
Celeste Neumann solicita al Jefe
Departamental de Trabajo de Cochabamba, César Vladimir Villarroel Franco, la
VERIFICACIÓN del cumplimiento de la CONMINATORIA MTEPS/JADTCBBA/Nº 192/2016.
20 de julio de 2016
El Jefe Departamental de Trabajo
de Cochabamba, César Vladimir Villarroel Franco, emite la RESOLUCIÓN
ADMINISTRATIVA Nº 297/2016 que resuelve: “Se dispone rechazar el “RECURSO DE
REVOCATORIA”, interpuesto por PH [sic] LUIS ALFONSO VÍA REQUE, EN CALIDAD DE
RECTOR REGIONAL DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA BOLIVIANA “SAN PABLO” REGIONAL
COCHABAMBA y se CONFIRMA la CONMINATORIA
MTEPS/JADTCBBA/Nº 192/2016 de 29 de junio de 2016…”.
29 de agosto de 2016
El Inspector Departamental de
Trabajo, Omar López Miranda, presenta el INFORME MTEPS/JADTCBBA/INF. 1778/16 al
Jefe Departamental de Trabajo de Cochabamba, César Vladimir Villarroel Franco,
sobre la VERIFICACIÓN, en cuya parte conclusiva expresa: “De esta manera se
informa a su autoridad que la empresa UNIVERSIDAD CATÓLICA BOLIVIANA “SAN
PABLO” REGIONAL COCHABAMBA a la cabeza de su representante legal Luis Alfonso
Vía Reque no dio cumplimiento a la CONMINATORIA MTEPS/JADTCBBA/Nº 192/2016 en
la fecha que se realizó la verificación”.
29 de noviembre de 2016
Tres meses después, el Ministro de Trabajo, Empleo y
Previsión Social, José Gonzalo Trigoso Agudo, emite la Resolución Ministerial
Nº 1158/16 que dispone. “Al amparo de lo dispuesto por el Artículo 61 de la Ley
Nº 2341 de 23 de abril de 2002 – Ley de Procedimiento Administrativo, así como
el Artículo 121, inciso b) del Decreto Supremo Nº 27113 de 23 de julio de 2003
– Reglamento a la Ley Nº 2341 de Procedimiento Administrativo, CONFIRMAR
TOTALMENTE la Resolución Administrativa Nº 297/2016 de 26 [sic] de julio de
2016, consecuentemente CONFIRMAR TOTALMENTE la Conminatoria MTEPS/JADTCBBA/Nº
192/2016 de fecha 29 de junio de 2016, emitidas por la Jefatura Departamental
de Trabajo de Cochabamba; quedando agotada la vía administrativa, conforme
establece el Artículo 69 de la Ley Nº 2341”.
18 de enero de 2017
Celeste Neumann envía una nota al Rector Regional de la UCB
solicitándole el cumplimiento de la Resolución Ministerial Nº 1158/16 de 29 de
noviembre de 2016.
26 de enero de 2017
Celeste Neumann reitera su solicitud al Rector Regional de
la UCB.
02 de febrero de 2017
Celeste Neumann reitera por segunda vez su solicitud al
Rector Regional de la UCB.
Aquel día, por la tarde, el
Director Administrativo Financiero, Carlos Colomo Vargas; el Asesor Legal, Renán
Milton Pereira Loza; la Directora de Recursos Humanos, Marcela Herrera Vargas
(esposa del ex Secretario de Hacienda del Sindicato de Docentes, Tito
Cárdenas); y el jefe del Departamento de Informática, Jhonny Herrera, se reúnen
con ella para “persuadirla” de que no insista con su reincorporación. Colomo
Vargas le manifiesta que es mejor que “renuncie” y que así la UCB le pagaría
todos los beneficios sociales. Pereira le amenaza que si insiste podría
enfrentar un “juicio”, como Francisco Sosa, el Secretario Ejecutivo cesante del
Sindicato de Docentes. Ella simplemente escucha y pide que le entreguen una
propuesta escrita. La reunión concluye sin ningún acuerdo.
06 de febrero de 2017
El Rector Regional de la UCB
envía una nota, fechada el 03 de febrero, a Celeste Neumann, cuyo asunto reza:
“En cumplimiento a la Resolución Ministerial Nº 1158/16 de 29.11.16, se procede
a su reincorporación”. Le asigna “Clases de apoyo” en horarios diferentes, sin
aula ni estudiantes. Incumple así la Conminatoria MTEPS/JADTCBBA/Nº 192/2016.
07 de febrero de 2017
Celeste Neumann se reincorpora a su fuente laboral en la
Sala de Docentes del quinto piso del bloque “A” del campus Tupuraya de la UCB.
09 de febrero de 2017
Celeste Neumann entrega una nota
al Rector Regional de la UCB informándole que se reincorpora a su fuente
laboral, pero que reclama la materia de “Cálculo I” y dos paralelos de “Álgebra
lineal” en los horarios de la gestión 2-2015 y que rechaza las “Clases de
apoyo”. Informa sobre el asunto a la Jefatura Departamental de Trabajo de
Cochabamba.
Inclusive
días antes de la publicación de esta crónica, Celeste Neumann pasaba “Clases de
apoyo” con algunos estudiantes. El jueves 16 de marzo, durante el paro cívico
de Cochabamba, cuando se dirigía a la UCB, un accidente la hospitalizó. El
traumatólogo Mario Rivera Alarcón, la operó por “fractura conminuta cuello
húmero izquierdo” en la clínica privada Cobija. Hasta hoy el Seguro Social
Universitario no le entrega su baja médica porque no figura en su registro electrónico
como trabajadora de la UCB. Todavía le deben su salario de febrero de 2017; los
demás docentes ya cobraron. De esta manera, las autoridades de esta universidad
incumplen la Resolución Ministerial Nº 1158/16 porque, además, tampoco le han
pagado los salarios devengados y demás derechos sociales, como establece la
Conminatoria MTEPS/JADTCBBA/Nº 192/2016.
*El autor es periodista, docente universitario y Secretario Ejecutivo
cesante del Sindicato de Docentes de la UCB.
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